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El Programa de Escuelas
Taller y Casas de Oficios |
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| Escuelas taller y casas de oficios |
| El Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios
fue creado en el año 1985 por el Instituto Nacional de Empleo
(INEM) y se viene desarrollando desde entonces hasta la actualidad
en todo el territorio español. En enero de 2000 fueron transferidas
las competencias en materia de empleo a la Comunidad de Madrid,
por lo que la gestión del Programa fue asumida por el gobierno
regional y desarrollada a través del Servicio de Programas
Mixtos de Formación y Empleo del Servicio Regional de Empleo |
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| Las Escuelas Taller y las Casas de Oficios son centros
de trabajo y formación en los que jóvenes desempleados,
de entre 16 y 25 años, reciben formación profesional
ocupacional en alternancia con la práctica profesional (trabajo
en obra o servicio de utilidad pública e interés general
y social), con el fin de capacitarlos para el desempeño adecuado
del oficio aprendido y facilitar su acceso al mundo del trabajo.
Las Escuelas Taller tienen una duración máxima
de dos años, mientras que las Casas de Oficios la tienen
de un año. Ambas constan de dos etapas: una exclusivamente
formativa, de 6 meses de duración, en la que los alumnos
reciben formación profesional teórico práctica
y reciben una ayuda económica en concepto de beca de formación;
otra de formación en alternancia con la práctica
profesional en la obra o servicio previsto como objeto de actuación,
de entre seis y dieciocho meses, los alumnos trabajadores suscriben
un contrato de trabajo para la formación con la entidad
promotora, por el que reciben un salario equivalente al 75% del
salario mínimo interprofesional que se establece para cada
año, realizan un trabajo de utilidad pública y social,
y continúan con el proceso formativo iniciado en la primera
fase bajo la supervisión directa de un monitor, que establece
las pautas y corrige los posibles defectos.
Con el fin de facilitar su incorporación al mercado laboral,
los alumnos que no hayan alcanzado los objetivos de la educación
secundaria obligatoria reciben una formación básica
que les ayudará a completar sus estudios. Además
todos los participantes son formados en los siguientes aspectos:
- Alfabetización informática.
- Sensibilización ambiental.
- Prevención de riesgos laborales.
- Perspectivas de género.
- Orientación, información profesional, formación
empresarial y asistencia técnica.
Al terminar el programa, el alumno recibe un certificado de la
formación y la cualificación obtenida expedido por
la entidad promotora.
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| ¿Quiénes pueden
promover una Escuela Taller o una Casa de Oficios? |
El Programa se desarrolla con la colaboración
de instituciones públicas o privadas sin ánimo de
lucro que se denominan Entidades Promotoras. Ellas se encargan de
la gestión de las Escuelas Taller y Casas de Oficios que
promueven, de la contratación -con cargo a la subvención
recibida- de su personal directivo, docente y de apoyo, así
como de los alumnos; procuran la inserción de los participantes
en el programa y aportan parte de la financiación de los
proyectos.
Entidades con capacidad para promover y desarrollar un proyecto
de Escuela Taller o Casa de Oficios:
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- Órganos, organismos autónomos y otros entes
públicos de la administración estatal o autonómica.
- Entidades y corporaciones locales, o sus organismos autónomos
con competencias en materia de promoción y empleo.
- Consorcios.
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo
de lucro.
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| ¿Cuándo puede promoverse
una Escuela Taller o una Casa de Oficios? |
| Para que un proyecto de Escuela Taller o Casa de Oficios
sea viable deberán darse las siguientes circunstancias: |
- Que exista el suficiente número de jóvenes desempleados
en la zona donde se pretenda implantar la Escuela Taller o la
Casa de Oficios con necesidades de formación para su
inserción laboral.
- Que la actuación prevista sea un proyecto de obra
o servicio de utilidad pública o social adecuado para
desarrollar el plan formativo para el aprendizaje y la cualificación
de los participantes, así como para la realización
de las prácticas laborales y la adquisición de
las experiencias necesarias.
- Que el territorio en el que se va desarrollar la Escuela
Taller o la Casa de Oficios ofrezca posibilidades reales de
empleo para los participantes en el proyecto.
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| Unidades de promoción y desarrollo |
| Las Unidades de Promoción y Desarrollo (UPD)
se definen, dentro del Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios,
como módulos de intervención en el ámbito comarcal
y regional, que colaboran en la preparación, acompañamiento
y evaluación de los proyectos de Escuelas Taller, Casas de
Oficios y Talleres de Empleo. Entre sus principales tareas se encuentra
el descubrimiento de las potencialidades de desarrollo y empleo
de las comarcas, la elaboración de planes integrales de intervención
de las Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo y
proyectos de desarrollo, y el fomento de la inserción laboral
de los participantes en dichos proyectos (Orden de 3 de agosto de
1994, BOE 11-08-1994; Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero).
Tienen una duración máxima de dos años y están
integrados por técnicos, especialistas en las materias objeto
de estudio, y por el personal de apoyo preciso. |
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| Desarrollan su actividad en las siguientes áreas: |
- Área de investigación y análisis
de las oportunidades de desarrollo local, comarcal y regional
en términos de empleo, con las finalidades siguientes:
Sintetizar la información sobre potencialidades de desarrollo
y empleo.
Organizar la información para uso de los agentes de empleo.
Planificar, en su caso, nuevas estrategias para descubrir otras
oportunidades de empleo en el territorio.
- Área de desarrollo de proyectos de Escuelas Taller,
Casas de Oficios y Talleres de Empleo, con las siguientes funciones:
Analizar cuáles deben ser los proyectos de Escuelas Taller,
Casas de Oficios y Talleres de Empleo en cada comarca.
Promover y ayudar a la creación de los mismos.
Colaborar en su gestión a través de asistencia
técnica, diseño de acciones formativas de apoyo,
de planes de comunicación y de sistemas de evaluación.
- Área de colocación e inserción.
Apoyar a los Centros de Iniciativa Empresarial (CIE) y generar
redes de información y asesoramiento para la búsqueda
de empleo.
- Área de evaluación de resultados:
Colaborar en el seguimiento de la inserción y en la evaluación
de la calidad de la formación, de los trabajos realizados
y del impacto social de las Escuelas Taller, Casas de Oficios
y Talleres de Empleo en su entorno.
- ¿Quiénes pueden promover una Unidad de Promoción
y Desarrollo?
Como ocurre con las Escuelas Taller y Casas de Oficios los proyectos
de UPD se desarrollan con la colaboración de instituciones
públicas o privadas sin ánimo de lucro que se
denominan Entidades Promotoras. Ellas se encargan de la gestión
de las UPD que promueven, de la contratación -con cargo
a la subvención recibida- de su personal directivo, técnico
y de apoyo, y aportan parte de la financiación de los
proyectos.
Entidades con capacidad para promover y desarrollar un proyecto
de UPD:
- Órganos, organismos autónomos y otros entes
públicos de la administración estatal o autonómica.
- Entidades y corporaciones locales, o sus organismos autónomos
con competencias en materia de promoción y empleo.
- Consorcios.
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo
de lucro.
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