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El Programa de Talleres de Empleo
El Programa de Talleres de Empleo fue creado a partir de la experiencia positiva del Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios con jóvenes desempleados con especiales dificultades de inserción laboral e integración social. Se pensó que su metodología y líneas fundamentales podrían ser aplicables también para adultos con similares dificultades de inserción y reinserción laboral, aunque adaptando determinados aspectos específicos a las características concretas y particulares de estos colectivos. El Programa se incluyó en el Plan Nacional de Acción para el Empleo del Reino de España de 1998 y comenzó su funcionamiento a mediados de 1999. En enero de 2000 fueron transferidas las competencias en materia de empleo a la Comunidad de Madrid, por lo que la gestión del Programa fue asumida por el gobierno regional y desarrollada a través del Servicio de Programas Mixtos de Formación y Empleo del Servicio Regional de Empleo.
¿Qué son y qué ofrecen?
Los Talleres de Empleo son proyectos dirigidos a desempleados de 25 o más años en los que se combina la formación y el empleo. Están prioritariamente dirigidos a los colectivos con mayores dificultades de inserción laboral, en especial parados de larga duración, mayores de 45 años, mujeres y personas con discapacidad.

Los trabajadores participantes adquieren formación profesional y práctica laboral mediante la realización de obras o servicios de utilidad pública o interés social relacionados con nuevos yacimientos de empleo (servicios de utilidad colectiva, servicios de ocio y culturales y servicios personalizados de carácter cotidiano), procurando su cualificación profesional y posibilitando su posterior inserción laboral tanto por cuenta ajena como mediante la creación de proyectos empresariales o de economía social.

Los Talleres de Empleo tienen una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año. Durante ese tiempo los trabajadores participantes suscriben un contrato para la formación con la entidad promotora desde su inicio, reciben una formación profesional ocupacional adecuada a la ocupación a desempeñar en alternancia con el trabajo y la práctica profesional y perciben una retribución de 1,5 veces el salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. El tiempo dedicado a formación teórica es de al menos un 20% del total de la jornada de trabajo y se computa como tal a todos los efectos.

Con el fin de facilitar su incorporación al mercado laboral, los alumnos que no hayan alcanzado los objetivos de la educación secundaria obligatoria reciben una formación básica que les ayudará a completar sus estudios. Además todos los participantes son formados en los siguientes aspectos:

- Alfabetización informática.
- Sensibilización ambiental.
- Prevención de riesgos laborales.
- Perspectivas de género.
- Orientación, información profesional, formación empresarial y asistencia técnica.

Al terminar el programa, el alumno recibe un certificado de la formación y la cualificación obtenida expedido por la entidad promotora.

¿Quiénes pueden promover un Taller de Empleo?
El Programa se desarrolla con la colaboración de instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que se denominan Entidades Promotoras. Ellas se encargan de la gestión de los Talleres de Empleo que promueven, de la contratación -con cargo a la subvención recibida- de su personal directivo, docente y de apoyo, así como de los trabajadores participantes; procuran la inserción laboral de estos y aportan parte de la financiación de los proyectos.


Entidades con capacidad para promover y desarrollar un proyecto de Taller de Empleo:
  • Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la administración estatal o autonómica.
  • Entidades y corporaciones locales, o sus organismos autónomos con competencias en materia de promoción y empleo.
  • Consorcios.
  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
¿Cuándo puede promoverse un Taller de Empleo?
Para que un proyecto de Taller de Empleo sea viable deberán darse las siguientes circunstancias:

  • Que en la zona donde se pretenda implantar el Taller de Empleo exista un número suficiente de desempleados carentes de cualificación profesional y con especiales dificultades para acceder al mundo del trabajo
  • Que la actuación prevista sea una obra o servicio de utilidad pública o social adecuado, sobre el que los trabajadores participantes van a ejecutar un trabajo real y adquirir los conocimientos profesionales necesarios, previstos en el programa formativo, que los capacite en el desempeño de una ocupación. Así la obra o servicio a realizar se convierte en un espacio interactivo de formación progresiva, ya que la evolución normal en la ejecución de la obra va exigiendo un nivel de conocimientos cada vez más cualificados.
  • Que el territorio en el que se va desarrollar el Taller de Empleo ofrezca posibilidades reales de empleo para los participantes en el proyecto.
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