Subvenciones para la Industria

Apoyando a la modernización y trasformación de la Industria

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Objetivo de la subvención:

Contribuir a crear una industria sólida, competitiva y diversificada apoyada en las nuevas tecnologías, en tránsito hacia la digitalización, fomentando el principio del desarrollo sostenible en la industria, así como la integración de la tecnología 4.0 y la innovación.

Presupuesto asignado a la convocatoria:

2.5 millones de euros en el ejercicio 2024.

Beneficiarios:

  • PYMES ubicadas en la Ciudad de Madrid (término municipal de Madrid), que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad productiva y que no formen parte del sector público.
  • Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo en la Ciudad de Madrid (término municipal de Madrid), contando al menos con una sede productiva en el municipio.

Actuaciones subvencionables:

  1. Línea de DIGITALIZACIÓN: Incluye iniciativas que supongan la implantación y desarrollo de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEIC), que unifiquen en la propia empresa los distintos procesos inherentes a la producción y que ofrezcan soluciones para que las empresas industriales avancen en la transición hacia un modelo de Industria 4.0. La mera adquisición de hardware y software productivos es una actuación que se acomete suficientemente en la línea de mejora productiva, no siendo objeto de esta línea.
  2. Línea de PRODUCCIÓN SOSTENIBLE: Las actuaciones subvencionables en esta línea tienen por objeto reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones productivas. Se incorpora la instalación de puntos de recarga para automóviles eléctricos.
  3. Línea de MEJORA PRODUCTIVA INDUSTRIA 4.0: Esta modalidad supone la mejora, ampliación y/o modificación de las líneas de producción ya existentes en las empresas industriales y servindustriales, para actuaciones que mejoren la productividad, eficiencia, y el fortalecimiento de su posición competitiva, a través de una producción superior en calidad y/o cantidad. Se incluirán en esta línea los proyectos industriales referidos a economía circular.
  4. Línea de I+D+i PROTOTIPOS: En esta línea se subvencionarán las inversiones en prototipos que desarrolle la empresa, ya sea para la incorporación al proceso productivo propio como bien de equipo o las inversiones efectuadas para el lanzamiento de un producto novedoso que necesite un proceso de fabricación específico y/o la realización de ensayos para los que la empresa solicitante no esté capacitada.

Cuantía de las ayudas:

La cuantía de las ayudas se modula según el tamaño de la empresa en relación con el número de trabajadores de la misma, dependiendo si se trata de Pequeña, Mediana o Micropyme, estableciéndose un porcentaje de subvención respecto de las inversiones o gastos efectuados por la empresa en cada una de las líneas que se subvencionan, que van desde el 30 al 80% de los mismos. La cuantía máxima a percibir por línea va desde 20.000 a 60.000 euros. Las líneas son acumulativas.

ayudas industria

Período de realización de las actuaciones:

Se considerarán subvencionables los gastos y/o inversiones que se desarrollen en los siguientes periodos:

  • Para la convocatoria del año 2024, desde el 1 de mayo del año 2023 hasta el 30 de abril del año 2024.

Justificación de las actuaciones:

El pago en firme de la subvención estará supeditado a que la empresa beneficiaria justifique la inversión o el gasto de una sola vez en el plazo que establezca el decreto de concesión, que no superará el 30 de septiembre de 2024, salvo que se indique otro plazo en el Decreto de resolución de concesión. En este caso, se justificará en el plazo que señale la resolución de concesión, que no superará en dos meses a la fecha referida.

Plazo presentación de solicitudes:

Para el año 2024: del 1 al 28 de febrero de 2024, ambos días incluidos.

Detalle de la línea mejora productiva:

Las empresas deben estar en las siguientes secciones de la CNAE 2009:

  • Sección C: Divisiones 10 a 32.
  • Sección E: Divisiones 382, 383 y 390
  • Sección M – CNAE 7211 y 7219
  • Sección N – CNAE 8292

Se consideran gastos subvencionables:

Las inversiones en maquinaria, máquina herramienta y equipos productivos, instalaciones en el plano productivo, utillaje, equipos informáticos, primera adquisición de aplicaciones a medida en el plano productivo, y primera adquisición de software ligado a la producción que se incorpore al proceso productivo por primera vez única y exclusivamente, soluciones de inteligencia artificial, robótica, etc., para mejorar la eficiencia productiva y/o la competitividad de las empresas, adquiridas a terceros de una sola vez. El gasto de transporte, y el de puesta en marcha y formación que se facture junto con la máquina se considerará subvencionable siempre que dicha formación y puesta en marcha se realice por el propio proveedor de la máquina. Se entenderá como software ligado a la producción el necesario para que funcione una maquinaria, máquina herramienta u otro bien de equipo productivo, de forma exclusiva.

No se consideran gastos subvencionables:

No será subvencionable, la adquisición de materiales para la autoconstrucción de equipos, los meros proyectos de mantenimiento, revisión, renovación, etc., que consistan en el simple cambio, mejora o sustitución de piezas u otros trabajos de mantenimiento de los equipos, utillajes o instalaciones productivas.

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