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El EUR.1 deja de ser válido para las exportaciones a varios países del Pacífico
Desde el 1 de septiembre de 2026 ha cambiado la forma de acreditar el origen preferencial de las mercancías exportadas desde la Unión Europea a Fiyi, Papúa Nueva Guinea, Samoa e Islas Salomón, en el marco del Acuerdo de Asociación Económica Interino UE-Pacífico.
A partir de esa fecha, el certificado EUR.1 deja de ser válido como prueba de origen preferencial y deberá sustituirse por una declaración de origen en factura.
El nuevo sistema distingue entre dos supuestos:
- Para envíos de hasta 6.000 euros, la empresa exportadora podrá realizar la declaración de origen sin disponer de número REX.
- Para operaciones de más de 6.000 euros, será necesario estar registrada en el Sistema de Exportadores Registrados (REX) e incluir el número correspondiente en la declaración.
Este cambio no modifica las reglas de origen aplicables a las mercancías, sino el procedimiento para acreditar ese origen y poder beneficiarse de las preferencias arancelarias previstas en el acuerdo.
Asesoramiento y gestión del registro REX
La Cámara de Comercio de Madrid ofrece a las empresas un servicio de asesoramiento y gestión del registro REX, dirigido a facilitar la adaptación a estos nuevos requisitos.
El servicio permite comprobar si la empresa necesita disponer de un número REX, analizar las reglas de origen aplicables a sus productos, gestionar el registro como Exportador Registrado, resolver dudas sobre la declaración de origen en factura y adaptar los procedimientos internos de acreditación del origen.
Las empresas que exporten a estos mercados deben revisar sus procedimientos y comprobar si necesitan registrarse en el sistema REX para evitar incidencias en sus operaciones internacionales.
Consulta el servicio de asesoramiento y gestión REX de la Cámara de Comercio de Madrid a través de este enlace.