Ayudas PICE 2019

Descripción

Ayudas Pice a la Contratación y al Autoempleo 2019

La Cámara de Comercio de Madrid ofrece una ayuda de 4.950 euros a las empresas que contraten a beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Los contratos deberán tener una duración mínima de seis meses y ser a tiempo completo en cualquiera de sus modalidades: indefinido, temporal, en prácticas o para la formación y el aprendizaje.

Asimismo ofrece ayudas a emprendedores para jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que pongan en marcha una nueva actividad empresarial o profesional. El importe de esta ayuda es de 600 euros

  • Línea 1. Ayudas directas de 4.950 euros a empresas por la contratación de jóvenes desempleados, entre 16 y 29 años.
  • Línea 2. Ayudas directas de 600 euros a jóvenes emprendedores, entre 16 y 29 años.

Los jóvenes tienen que estar inscritos en Garantía Juvenil y en el Plan Integral de Cualificación y Empleo (PICE) de la Cámara de Comercio de Madrid. Deberán haber cumplido al menos los trámites de inscripción y orientación vocacional del Programa PICE.

 

Línea 1. Ayudas a las empresas

Ayudas directas a empresas de 4.950 euros por la contratación de jóvenes desempleados.

Los contratos subvencionables son todos a tiempo completo, con una duración mínima de 6 meses:  

  • Contratos indefinidos a tiempo completo.
  • Contratos temporales
  • Contratos en prácticas
  • Contratos para la formación y el aprendizaje

Documentación para la solicitud de la ayuda:

Resolución de ayudas a la contratación PICE 2019-Listado de empresas

 

Línea 2. Ayudas a emprendedores

Ayudas de 600 euros dirigidas a empresas creadas por jóvenes emprendedores, inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil e incorporados en el Plan de Capacitación del Programa PICE de la Cámara de Madrid. Los solicitantes tendrán que haber tramitado previamente su inscripción y participación en la fase de orientación vocacional del Programa PICE.

Documentación para la solicitud de la ayuda:

 

Solicitud y tramitación:

Las solicitudes se presentaran presencialmente en la sede de Cámara  de Comercio de Madrid – calle Pedro Salinas, 11, 28043 – Madrid; mediante correo certificado a la dirección que se menciona anteriormente o a través de la sede electrónica, utilizando los modelos de solicitud  correspondientes al tipo de ayuda (Anexo I.) junto a la documentación adicional señalada en el citado Anexo, o bien conforme al modelo diseñado a tal efecto si se realiza a través de la sede electrónica

El Registro de Entrada de la Cámara de Comercio de Madrid certificará la presentación y su prioridad temporal, marcando en todo caso la fecha y hora de entrada de cada solicitud.

El plazo de presentación comienza el día después de la publicación de la convocatoria en el BOCM (17 de octubre de 2019), esto es, el 18 de octubre de 2019 y finaliza el 31 de diciembre de 2019 o hasta agotar la disponibilidad presupuestaria asociada a la presente convocatoria.

Toda la información sobre la convocatoria y la documentación exigida  para acreditar que tu empresa cumple  con los requisitos exigidos está recogida en la Convocatoria de Ayudas.

 

Justificación:

Línea 1. El plazo para la presentación de la justificación por parte del beneficiario será en los 60 días naturales siguientes contados a partir del día siguiente de la finalización del plazo del mantenimiento del empleo conforme a la ayuda concedida o 15 días a partir de la recepción de la presente comunicación de concesión, si el plazo anterior hubiese transcurrido.

La documentación justificativa viene recogida en el artículo 17.3 de las bases de la convocatoria.

Línea 2. El plazo de presentación de la justificación por parte del beneficiario será de 30 días naturales siguientes contados a partir del día siguiente del mantenimiento del alta en el IAE y en el RETA conforme a la ayuda concedida (12 meses de alta).

 

Contacto:

 

Convocatoria: