INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
- Naturaleza
La naturaleza de la Cámara de Madrid está contemplada en el artículo 2 de la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, por la que se regula la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid (en adelante, Ley 2/2014), que establece que “La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid es una corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas legalmente, que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas, sin menoscabo de los intereses privados que persigue. Su estructura y funcionamiento deberán ser democráticos.”
- Finalidad
La finalidad de la Cámara de Madrid aparece recogida en el artículo 3 de la Ley 2/2014, al señalar, en su apartado primero, que “La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid tiene como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, y la asistencia y prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades. Asimismo, ejercerá las funciones de carácter público que le atribuye la legislación estatal básica y esta Ley, y las que le puedan ser asignadas con arreglo a los instrumentos que establece el ordenamiento jurídico, por las Administraciones Públicas, y en especial la Comunidad de Madrid.”
- Funciones
Las funciones de la Cámara de Madrid están recogidas pormenorizadamente en el artículo 6 de la Ley 2/2014, que señala lo siguiente:
- En su apartado primero, establece que la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid tendrá las funciones de carácter público-administrativo contempladas en el artículo 5.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, siendo las siguientes:
- Expedir certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil, nacional e internacional, en los supuestos previstos en la normativa vigente.
- Recopilar las costumbres y usos mercantiles, así como las prácticas y usos de los negocios y emitir certificaciones acerca de su existencia.
- Ser órgano de asesoramiento de las Administraciones Públicas, en los términos que las mismas establezcan, para el desarrollo del comercio, la industria, los servicios y la navegación.
- Desarrollar actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior.
- Participar con las administraciones competentes en la organización de la formación práctica en los centros de trabajo incluida en las enseñanzas de Formación Profesional y en las acciones e iniciativas formativas de la Formación Profesional Dual, en especial en la selección y validación de centros de trabajo y empresas, en la designación y formación de tutores de los alumnos y en el control y evaluación del cumplimiento de la programación, sin perjuicio de las funciones que puedan atribuirse a las organizaciones empresariales en este ámbito.
- Tramitar, en los casos en que así sean requeridas por la Administración General del Estado, los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos en que se establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados con las mismas cuando su gestión le corresponda a la Administración del Estado.
- Gestionar, en los términos del artículo 8 de la Ley 4/2014, un censo público de todas las empresas, así como de sus establecimientos, delegaciones y agencias radicados en su demarcación.
- Actuar de ventanillas únicas empresariales, cuando sean requeridas para ello por las Administraciones Públicas competentes.
- Colaborar con las Administraciones Públicas en la simplificación administrativa de los procedimientos para el inicio y desarrollo de actividades económicas y empresariales, así como en la mejora de la regulación económico-empresarial.
- Impulsar actuaciones dirigidas al incremento de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, y fomentar la innovación y transferencia tecnológicas a las empresas.
- Impulsar y colaborar con las Administraciones Públicas en la implantación de la economía digital de las empresas.
- En caso de que la autoridad de gestión de los Fondos de la Unión Europea lo considere procedente, las Cámaras podrán participar en la gestión de Fondos de la Unión Europea dirigidos a la mejora de la competitividad en las empresas.
- Además, el artículo 6.2 de la Ley 2/2014 recoge expresamente la habilitación a la Cámara de Madrid para el desarrollo de las siguientes funciones público-administrativas, en la forma y con la extensión que se determine por la Comunidad de Madrid:
- Proponer a las Administraciones Públicas cuantas reformas o medidas consideren necesarias o convenientes para el fomento del comercio, la industria y los servicios.
- Colaborar en la elaboración, desarrollo, ejecución y seguimiento de los planes que se diseñen para el incremento de la competitividad del comercio, la industria y los servicios.
- Colaborar con las Administraciones Públicas como órganos de apoyo y asesoramiento para la creación de empresas.
- Colaborar con las Administraciones Públicas mediante la realización de actuaciones materiales para la comprobación del cumplimiento de los requisitos legales y verificación de establecimientos mercantiles e industriales cumpliendo con lo establecido en la normativa general y sectorial vigente.
- Elaborar estadísticas relativas al comercio, la industria y el sector servicios, y realizar encuestas de evaluación y estudios sobre los diferentes sectores que considere necesarios para el ejercicio de sus competencias, en el marco de la normativa específica en materia de estadística, así como su difusión y publicación. Asimismo, en coordinación con la Administración tutelante y con la periodicidad que esta determine, realizar estudios y análisis sobre la evolución del mercado laboral y las necesidades de formación y capacitación de los trabajadores, con el fin de adecuar los programas públicos de empleo a las necesidades reales del mercado de trabajo.
- Colaborar en los programas de formación establecidos por centros docentes públicos o privados y, en su caso, por las Administraciones Públicas competentes y, asimismo, impartir formación profesional reglada y formación para el empleo, con los requisitos y autorizaciones que la normativa vigente en cada caso establezca, para apoyar la calidad del empleo y de los recursos humanos en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Promover y cooperar en la organización de ferias y exposiciones, y en su caso gestionarlas, de conformidad con la normativa reguladora de las actividades feriales en la Comunidad de Madrid.
- Colaborar en las actividades de promoción del comercio exterior que desarrolle la Comunidad de Madrid con el fin de auxiliar y fomentar la presencia de los productos y servicios de la Comunidad de Madrid en el exterior. En particular, contribuir a la promoción de las empresas madrileñas en el exterior mediante su integración en los Planes que a tal efecto diseñe la Comunidad de Madrid para la internacionalización de sus empresas, colaborando técnica y económicamente en los mismos, en los términos que se establezcan en los convenios de colaboración que se suscriban al efecto.
- Colaborar con la Comunidad de Madrid en la difusión de las actividades y programas de ayudas y subvenciones desarrolladas por esta. Este deber de colaboración se extenderá a la prestación del asesoramiento necesario a las empresas que deseen acogerse a los citados programas y actividades.
- Fomentar cuantas acciones sean precisas con el fin de impulsar la competitividad y el progreso de las empresas madrileñas, así como la mejora de la calidad, el diseño, la productividad y la investigación en las mismas.
- Participar de forma directa o indirecta en el diseño y ejecución de planes o campañas de publicidad que favorezcan la promoción de la imagen y los productos o servicios de los sectores empresariales que represente.
- Informar los proyectos de normas emanados de la Comunidad de Madrid, que afecten directamente a los intereses generales del comercio, la industria o de los servicios, en los casos y con el alcance que el ordenamiento jurídico determine.
- Tramitar los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos que se establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados con las mismas, cuando su gestión corresponda a la Comunidad de Madrid.
- Colaborar con los órganos competentes de la Comunidad de Madrid informando los estudios, trabajos y acciones relativas a la ordenación del territorio, cuando tuviesen una incidencia directa en el comercio, la industria o los servicios de la Comunidad de Madrid, y así fuese requerido por esta.
- Contribuir a la promoción del turismo de la Comunidad de Madrid.
- Facilitar información y orientación sobre el procedimiento de evaluación y acreditación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral así como en la aportación de instalaciones y servicios para la realización de algunas fases del procedimiento, en colaboración con los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.
- Fomentar la transparencia de las relaciones y del tráfico mercantil en el normal funcionamiento del mercado, conforme a los principios de libertad de empresa y de libre y leal competencia, en el marco de la economía de mercado.”
- Asimismo, el apartado tercero del artículo 6 de la Ley 2/2014 establece expresamente que la Cámara de Madrid podrá llevar a cabo otras actividades que tendrán carácter privado y se prestarán en régimen de libre competencia que contribuyan a la defensa, apoyo o fomento del comercio, la industria y los servicios, o que sean de utilidad para el desarrollo de las indicadas finalidades, señalado, en especial, las siguientes:
- Prestar servicios a las empresas dentro del ámbito de sus competencias y, en especial, servicios de información y asesoramiento empresarial, que contribuyan a la defensa, apoyo o fomento del comercio, la industria y los servicios de la Comunidad de Madrid.
- Promover o facilitar el acceso a la financiación de los autónomos y empresas para el inicio y/o desarrollo de proyectos empresariales, mediante la intermediación en la concesión de créditos, avales, préstamos u otros instrumentos financieros, respetando la reserva de actividad financiera prevista en la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
- Crear, gestionar y administrar bolsas de franquicia, de subproductos, de subcontratación y de residuos, así como lonjas de contratación, cumpliendo los requisitos exigidos en la normativa sectorial vigente para el ejercicio de estas actividades.
- Desempeñar actividades de mediación, así como de arbitraje mercantil, nacional e internacional, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
- Difundir e impartir formación en relación con la organización y gestión de la empresa.
- Prestar servicios de certificación y homologación de las empresas.
- Por último, la Ley 2/2014 señala que, sin perjuicio de las funciones expresamente recogidas en la Ley, la Cámara de Madrid podrá desarrollar cualquier función de naturaleza público-administrativa, siempre que le sea expresamente encomendada o delegada por la Comunidad de Madrid, en los términos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y sea compatible con su naturaleza y funciones.
- Órganos de Gobierno
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 2/2014, los órganos de gobierno de la Cámara de Madrid son el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente.
i) El Pleno es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, cuya composición es la siguiente:
a) Cuarenta vocales elegidos mediante sufragio libre, directo, igual y secreto, entre todos los electores de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, en atención a la representatividad de los distintos sectores económicos.
b) Diez vocales elegidos entre personas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, que sean titulares o representantes de empresas radicadas en su demarcación, a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales más representativas de la Comunidad de Madrid, conforme la normativa vigente en cada caso. A este fin, las citadas organizaciones deberán proponer una lista de diez candidatos en la forma y plazos que reglamentariamente se determinen por la Comunidad de Madrid.
c) Diez vocales elegidos por la Comunidad de Madrid en representación de las empresas de mayor aportación voluntaria a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, en la forma y plazos que se fijen reglamentariamente.
La Ley establece que el mandato de los vocales del Pleno será de cuatro años, pudiendo ser reelegidos, siendo su condición de miembro del pleno indelegable.
La composición actual del Pleno durante el año 2024 es la siguiente:
MIEMBRO TITULAR DEL PLENO | REPRESENTANTE (EN SU CASO) |
BANCO SANTANDER, S.A. | ALBERTO DELGADO ROMERO |
FALMANT GLOBAL RESOURCES S.L. | ALEJANDRO SEGURA DE LA CAL |
TRESSIS, S.L. | ALFONSO CARCASONA GARCÍA |
MERCK SHARP & DOHME ESPAÑA, S.A. | ANA ARGELICH HESSE |
CONFECCIONES ASENSIO, S.L. | ÁNGEL ASENSIO LAGUNA |
BRONCE 15 S.L. | ÁNGEL LOZANO ROY |
CAPEMAR GRUPO NEG. INTERNAC. S.L | ÁNGEL RIZALDOS GONZÁLEZ |
FERROVIAL CONSTRUCCIÓN S.A. | ANTONIO BARATECH TORRES |
LA MISIÓN DE SANTA FE, S.L. | ANTONIO GALÁN ALCÁZAR |
ESTUDIOS FINANCIEROS VIRIATO, S.L. | ARTURO DE LAS HERAS GARCÍA |
MAYRIT CONSULTORÍA Y CONST., S.L. | AUGUSTO DE CASTAÑEDA G.MANFREDI |
EFECTO EMPRESARIAL, S.L. | AUGUSTO FUENTES GAZOLA |
EL CORTE INGLÉS, S.A. | CARLOS CABANAS GODINO |
ASISA, ASIST. SANITARIA SEGUROS, S.A.U. | CARLOS EIROA GIMÉNEZ |
FULHAM SHOPS, S.L. | EDUARDO ZAMÁCOLA BALLESTERO |
INICIATIVAS TEATRALES, S.L. | ENRIQUE CORNEJO FERNÁNDEZ |
AUTO RES S.L. | ENRIQUE SÁNCHEZ FERNÁNDEZ |
INVERSIONES TERRENOS Y SERVICIOS, S.A. | EULALIA OSSORIO ESCUDERO |
KANBAM CONSULTORES, S.L. | EVA SERRANO CLAVERO |
FUNDACIÓN UNIVERSIDAD-EMPRESA | FERNANDO MARTÍNEZ GÓMEZ |
SEUR, S.A. | FERNANDO RODRÍGUEZ SOUSA |
NUEVA VISIÓN REHABILITACIÓN DE EDIF. S.L. | FRANCISCO RUANO TELLAECHE |
SOCIEDAD ANDALUZA DE TRANSMISIONES ELEC. S.A. | GABRIEL GARCÍA ALONSO |
PREVENT SECURITY SYSTEMS, S.L.U. | GRICELL GARRIDO COLÓN |
GRANT THORNTON, S.L.P. | JAIME ROMANO MONTERO |
RADIOESTUDIO, S.A. | JAVIER BEITIA ALONSO |
EFILIFE ENERGÍA, S.L. | JESÚS JOSÉ FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ |
SERESMA, S.L. | JESÚS MARTÍN LÓPEZ |
UNIVERSIDAD PRIVADA DE MADRID, S.A. | JESÚS NÚÑEZ VELÁZQUEZ |
RENOVATIO TR, S.L.U. | JOSÉ ANTONIO APARICIO GREGORIO |
INTEGRACIÓN AGENCIAS DE VIAJES, S.A. | JOSÉ LUIS PRIETO OTERO |
GARCÍA-LUJÁN MARTÍNEZ, S.L. | JOSÉ MARÍA GARCÍA-LUJÁN MARTINEZ |
ASTELLAS PHARMA, S.A. | PENDIENTE DESIGNACIÓN NUEVO REPRESENTANTE |
SOLVENTIA SOLUTIONS, S.L. | JOSÉ MIGUEL GUERRERO SEDANO |
FUNDACIÓN NUMA | JOSÉ RAMÓN SANZ PINEDO |
IBERIA LINEAS AÉREAS DE ESPAÑA, S.A. | JUAN CIERCO JIMÉNEZ DE PARGA |
COMPAÑÍA DE OBRAS CASTILLEJOS, S.A. | JUAN ELIZAGA CORRALES |
INSTITUTO SUPERIOR DERECHO Y ECONOMÍA, .S.A | JUAN JOSÉ SÁNCHEZ PUIG |
ALTERNATIVA DECORACIÓN E INSTALACIONES S.L. | JUAN LUIS MATO RODRÍGUEZ |
LEROY MERLIN ESPAÑA, S.L.U. | JUAN MAGGIO MAS |
KENNY'S WELLY'S AND CURLLY'S, S.L. | JOSÉ LUIS DÍAZ DE ROJAS |
C & F & R CONSULTORES ASOCIADOS S.L. | LUIS CASCALES HERRANZ |
COVAMA ELÉCTRICA, S.L. | LUIS COLLADO LOPEZ |
SISTEMAS AVANZADOS DE TECNOLOGÍA S.A. | MANUEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ |
RAZA NOSTRA, S.L. | MARÍA SÁNCHEZ RUIZ |
TÉCNICAS DE DECOLETAJE S.L. | MARIO LOBATO GÓMEZ |
SENDA EDITORIAL, S.A. | MATILDE PELEGRÍ TORRES |
MERCADEUDA GESTIÓN, S.L. | MIGUEL ÁNGEL RIVERO GARCÍA |
LÁCTEAS DEL JARAMA, S.A. | NICOLÁS BENITO BENITO |
AUTOSERVICIO COLLADO, S.L. | ÓSCAR GARCÍA HERNÁNDEZ, |
INV SISTEMAS Y SOLUCIONES DE SEGURIDAD, S.L. | PABLO PÉREZ-VILLAMIL MARTÍNEZ |
AVANCE BYA S.L.U. | PEDRO BAUTISTA MARTÍN MOLINA |
COVIRÁN, SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA | PILAR CASTILLA PALMA |
CAIXABANK, S.A. | MAR SANTANA ROLLÁN |
AVANCE LEVEL ETT, S.L. | RAFAEL MORENO SAN MATÍAS |
ARTECRISTAL BAÑO, S.L. | SHENGLI CHEN PEN |
SUDEL, S.A. | VICTOR GARCÍA NEBREDA |
ANA BELÉN RODRÍGUEZ SAAVEDRA | |
JAIME GARCÍA-LEGAZ PONCE | |
ROSA MARÍA MARTÍNEZ VICENTE |
ii) El Comité Ejecutivo es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, y sus miembros, en número máximo de nueve, son elegidos por los vocales del Pleno, de entre los miembros de éste. Los cargos elegibles del Comité Ejecutivo son el Presidente, hasta dos Vicepresidentes, el Tesorero y cinco Vocales. Actuará como secretario el Secretario General de la Corporación, que tendrá voz pero no voto.
El mandato de los cargos del Comité Ejecutivo es de cuatro años, pudiendo ser reelegidos.
La composición actual del Comité Ejecutivo, elegido por el Pleno en sesión celebrada el 6 de junio de 2022, es la siguiente:
COMITÉ EJECUTIVO | |
PRESIDENTE | Ángel Asensio Laguna CONFECCIONES ASENSIO, S.L. |
VICEPRESIDENTA PRIMERA | Eva Serrano Clavero KANBAM CONSULTORES, S.L. |
TESORERO | Francisco Ruano Tellaeche NUEVA VISIÓN REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS. S.L. |
VOCAL | Luis Cascales Herranz C & F & R CONSULTORES ASOCIADOS S.L. |
VOCAL | Alberto Delgado Romero BANCO SANTANDER, S.A. |
VOCAL | Fernando Martínez Gómez FUNDACIÓN UNIVERSIDAD EMPRESA |
VOCAL | Luis Collado López COVAMA ELECTRICA, S.L. |
VOCAL | Francisco Javier Beitia Alonso RADIOESTUDIO, S.A. |
iii) El Presidente será elegido por el Pleno de entre sus miembros, correspondiéndole la representación de la Cámara, la presidencia de todos sus órganos colegiados, siendo responsable de la ejecución de los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno.
El actual presidente de la Cámara de Madrid es Ángel Asensio Laguna
iv) Perfiles de la Cámara de Madrid:
- Presidente
Currículum
- Vicepresidenta
Currículum
- Director gerente
Currículum
- Secretario general
Currículum
- Normativa reguladora
A continuación se acompañan los enlaces a las publicaciones en los distintos Boletines Oficiales (BOE y BOCM) de las normas reguladoras de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid:
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Normativa estatal:
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Normativa autonómica: