Subvenciones para Fomentar la Contratación

Resolución de 16 de diciembre de 2022 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo en la Ciudad de Madrid dirigidas a autónomos y empresas de menos de 250 trabajadores para el año 2023.

Objetivo

Facilitar la incorporación al mercado de trabajo de personas desempleadas o demandantes de empleo.

Crédito disponible

2.000.000 € (dos millones de euros).

Este programa especial de ayudas es en régimen de concurrencia competitiva.

Requisitos de las entidades solicitantes

a) Las personas físicas que, de forma habitual, desarrollan una actividad económica produciendo bienes y/o prestando servicios.

b) Las empresas de menos de 250 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica.

Ambas, además deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que su domicilio social o centro de trabajo este ubicado en la ciudad de Madrid.

b) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos

d) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en la Ley General de Subvenciones, para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.

 e) Las entidades deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

Acciones subvencionables y personas destinatarias de las acciones

Las destinatarias de los proyectos serán las personas empadronadas en la ciudad de Madrid, desempleadas o demandantes de empleo inscritas en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.

Cada empresa solo podrá solicitar subvención para un máximo de 10 trabajadores. A estos efectos se tendrán en cuenta las contrataciones, modificaciones o renovaciones efectuadas desde el 1 de septiembre de 2022.

 Modalidades:

a) 3.000 € si la modalidad de la contratación es a jornada completa. Esta cuantía se verá incrementada en un 40% cuando la contratación se realice con mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33% (4.200 €).

b) 1.450 € si la modalidad de la contratación es, a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales. Esta cuantía se verá incrementada en un 40% cuando la contratación se realice con mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33% (2.030 €).

La duración mínima de la contratación será de 6 meses.

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y permanecerá abierto hasta agotar el crédito existente, y en todo caso, hasta el 31 de agosto 2023.

Las solicitudes se deberán presentar cuando se hayan cumplido, como mínimo, 6 meses desde la contratación, modificación, renovación o reincorporación de un ERTE, por las que se solicita subvención.

 

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