Certificado de tamaño empresarial

Descripción

Acreditamos el tamaño de tu empresa de acuerdo a la clasificación establecida en la normativa de la Unión Europea

En el marco de un mercado único sin fronteras interiores, las empresas deben ser tratadas con arreglo a una base de normas comunes. Este enfoque es especialmente necesario si se tienen en cuenta las numerosas interacciones existentes entre las medidas nacionales y comunitarias de apoyo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME).

En esta línea, desde la Asesoría Jurídica se emiten certificados de tamaño empresarial en los que, en función del número de personas que ocupa la empresa, el volumen de negocios y/o un balance general anual, se clasifican las empresas en microempresas, pequeñas y medianas empresas siguiendo la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, (Diario Oficial L 124 de 20.5.2003).

Este certificado es uno de los requisitos que te pueden solicitar para:

  • Acogerte a programas o políticas de la Unión Europea.
  • Mejorar tus líneas de financiación, ayudas y subvenciones.
  • Acceder a programas de nuevas tecnologías e innovación.

La definición de pyme y los requisitos correspondientes a la categorización y a la documentación exigida se recogen en la siguiente guía de usuario de la Comisión Europea.

En qué consiste...

Los pasos a seguir para solicitar el certificado son los siguientes.

La empresa interesada deberá remitir por correo electrónico la documentación que se relaciona a continuación:

1º El modelo de solicitud del certificado, debiendo completar todos los datos que en el mismo se requieren. Es importante indicar el idioma en el que se solicita el certificado, no deberá hacerse ninguna indicación si es en español. La solicitud cumplimentada se deberá remitir firmada con certificado digital.

2º Una declaración responsable, utilizando uno de los tres modelos cuyos enlaces constan al final de este apartado. La declaración responsable ha de contener los datos relativos al número de trabajadores, facturación y el resto de los datos que procedan. La declaración deberá presentarse firmada con certificado digital por un representante de la empresa.

Se facilitan tres modelos de declaración responsable a seleccionar según las características de la empresa:

  • MODELO 1 (empresa individual)   
  • MODELO 2 (empresas asociadas, vinculadas o que elaboren cuentas consolidadas)                   
  • MODELO 3 (empresa de nueva creación)

3º Las escrituras de constitución y las posteriores que, en su caso, procedieran, como, por ejemplo, las de cambio del objeto social o de denominación social. Las escrituras deben ser copias auténticas o autorizadas, no siendo suficiente la aportación de copia simple, puesto que deben aparecer los datos de la inscripción en el Registro Mercantil.

4º La escritura de poder vigente de la persona que realice y firme la declaración responsable. La escritura debe ser copia auténtica o autorizada, no siendo suficiente la aportación de copia simple, puesto que deben aparecer los datos de la inscripción en el Registro Mercantil.

Últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil. Deben aportarse las cuentas completas, es decir, han de contener el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. Es importante que las cuentas contengan la hoja en la que figura el cajetín o sello del Registro Mercantil justificativo de su inscripción en el mismo.

En caso de empresas de nueva creación, se deberá aportar, además de la documentación anterior, una estimación en formato de plan de negocio que incluya, como mínimo, previsiones financieras relativas a la cuenta de resultados, balance y la plantilla prevista de la empresa, junto con una parte expositiva en la que se explique la actividad principal de la empresa y de la posición que prevé ocupar en el mercado.

En caso de empresas de nueva creación que, por su fecha de constitución, no hayan formulado las cuentas anuales, no será necesario que las aporten, debiendo aportar el resto de la documentación relacionada anteriormente.

Se podrá solicitar la aportación de otra documentación que se entienda necesaria para la emisión del certificado, así como, en su caso, la presentación de la documentación original aportada, para su cotejo.

Cuando el certificado ya esté preparado y firmado, se comunicará por correo electrónico para que pueda ser retirado en nuestras instalaciones.

Plazos

El plazo de emisión de los certificados de tamaño empresarial que se emitan en español es, con carácter general, de cinco días hábiles a contar desde la recepción de toda la documentación requerida.

Cabe la posibilidad de tramitación urgente, si estás interesado/a, puedes consultarnos.

 

Precio

  • Emisión del certificado en español: 90 €, más IVA.
  • Emisión del certificado en otros idiomas: importe a consultar.
  • En caso de que fuera aceptada la tramitación de urgencia: importe a consultar.
 

 

Certificado en Español

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